Inteligencia Artificial Agéntica, protección de datos y transformación digital

Feb 24, 2026

El 1 de febrero la Agencia Española de Protección de Datos publicó Inteligencia Artificial Agéntica desde la perspectiva de la protección de datos. “Un agente de IA es un sistema de inteligencia artificial que utiliza modelos de lenguaje para cumplir un objetivo. Estas orientaciones son una introducción a las cuestiones de protección de datos que pueden surgir cuando responsables y encargados de tratamiento decidan utilizar sistemas de IA agéntica para implementar tratamientos de datos personales”. Puedes consultar el documento aquí.

Recordamos que la Ley Orgánica 3/2018 de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) incluye la regulación de las situaciones comunes de conflicto entre las empresas y los derechos digitales de las personas trabajadoras:

  • Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral (art. 87).
  • Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral (art. 88).
  • Derecho a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y de grabación de sonidos en el lugar de trabajo (art. 89).
  • Derecho a la intimidad ante la utilización de sistemas de geolocalización en el ámbito laboral (art. 90).
  • Derechos digitales en la negociación colectiva (art. 91).

Desde Comisiones Obreras consideramos fundamental que la digitalización de las empresas cuente con las personas trabajadoras, pudiendo darse una vulneración de derechos fundamentales si no se utilizan los sistemas de inteligencia artificial (SIA) de forma adecuada. Para ello recordamos la importancia de que la empresa:

  • Tenga transparencia del tratamiento de datos, de los datos personales dentro de un grupo empresarial y a los sistemas de supervisión en el lugar de trabajo; lo que implica que la plantilla entienda cómo funciona un SIA y cómo toma decisiones, siendo conscientes de las categorías de datos que la empresa utiliza, para qué propósito y con qué periodicidad.
  • Incorpore mecanismos correctores de los posibles sesgos y discriminaciones que puedan darse en su funcionamiento, lo que supone la realización de evaluaciones de impacto previas y posteriores.
  • Garantice información y formación en torno al uso de sus SIA, conociendo así los riesgos de parcialidad y discriminación, y pudiendo ejercer libremente su derecho a acceder, administrar y controlar los datos personales que la IA  o el algoritmo genera sobre ellos.

Según datos del INE, en Castilla y León en el primer trimestre de 2025, de las empresas con más de 10 empleados/as que utilizaban tecnología IA:

  • El 23% utilizaban tecnología IA de aprendizaje automático learning para el análisis de datos. En el primer trimestre de 2023 fue el 13%.
  • El 30% utilizaban tecnología IA de automatización de flujos de trabajo o ayuda en la toma de decisiones. En el primer trimestre de 2023 fue el 23%.

Como bien señaló la Confederación Sindical de Comisiones Obreras en La regulación laboral de la gestión algorítmica: “El desarrollo de las nuevas tecnologías en el lugar de trabajo no es sólo una ‘cuestión técnica’, sino también -o especialmente- sociopolítica” (pág. 15).

 

Además, el pasado 30 de enero se publicó en el BOE el Extracto de la Orden TDF/1559/2025, de 26 de diciembre, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al “Programa de impulso a las ciudades y territorios inteligentes para el fomento del desarrollo económico y productivo”, y se procede a su convocatoria correspondiente al ejercicio 2025.

Esta nueva convocatoria está dotada con 89 millones de euros, cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), para apoyar proyectos que impulsen la digitalización de la actividad económica en ciudades y territorios inteligentes.

“La finalidad de estas ayudas en especie es el desarrollo por parte de Red.es de las iniciativas de las entidades locales que resulten seleccionadas, consistentes en actuaciones de dotación de  infraestructuras tecnológicas y soluciones asociadas, para favorecer el desarrollo económico en la ciudad o territorio mediante la utilización de tecnologías; así como en actuaciones dirigidas a la puesta en valor, a través de la utilización de tecnologías avanzadas, de los datos recogidos por las ciudades y territorios, y al aprovechamiento de su potencial para la actividad económica y empresarial, favoreciendo el desarrollo de nuevos servicios y la innovación.”

Puedes consultar el documento completo aquí.

 

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