Ley de Industria de Castilla y León

 La  Ley 6/2014, de 12 de septiembre, de Industria de Castilla y León surge en el ámbito del III Acuerdo Marco para la competitividad e innovación industrial de Castilla y León, 2014-2020.

El III Acuerdo Marco es un documento flexible y adaptable a la cambiante realidad económica, un acuerdo del Diálogo Social en el que se fijan las líneas prioritarias de actuación en materia de política industrial de Castilla y León.

 

 

Ley 6/2014, de 12 de septiembre, de Industria de Castilla y León.

Hasta este momento Castilla y León carecía de una norma de rango legal que, con una visión global e integradora de los diversos aspectos implicados, en consonancia con las variadas competencias asumidas en su Estatuto de Autonomía, estableciera un marco adecuado para la regulación de la actividad industrial y su fomento o promoción.

Título I: Disposiciones generales

Partiendo del marco básico establecido en la Ley estatal 21/1992, de 16 de julio, se ha tratado de delimitar de la manera más sintética y precisa posible, el ámbito de aplicación directa –las actividades industriales y concomitantes– y subsidiaria de la norma –actividades industriales con regulación especial–, estableciendo además los principios a los que debe atenerse y los fines que debe perseguir la actuación de la Comunidad Autónoma en este campo.

Título II: Seguridad industrial

Este punto sustituye a la Ley 3/1990, de 16 de marzo, de Seguridad Industrial de Castilla y León.

En el capítulo 1.º se precisan los deberes y responsabilidades de los titulares de industrias e instalaciones.

En el 2.º se desarrolla, con respeto al marco legal nacional y europeo, la regulación de los profesionales de la seguridad industrial.

En el capítulo 3.º se establecen los controles previos sobre actividades, instalaciones y establecimientos industriales.

El capítulo 4.º recoge los mecanismos de inspección, comprobación y las medidas correctoras.

Título III: Fomento de la competitividad y la calidad industrial

En el capítulo 1.º se establece un régimen para la planificación de la política de promoción industrial. Se regula el Plan Director de Promoción Industrial de Castilla y León, como marco de referencia general en la materia.

El capítulo 2.º se refiere a la mejora de la calidad de la regulación industrial.

Título IV: Responsabilidad social empresarial

Objetivo de política jurídica, que debe lograrse fundamentalmente desde la promoción y el convencimiento de las propias empresas.

Título V: Registro Industrial

Se trata de establecer un Registro de carácter meramente informativo y con aportación de oficio de los datos relevantes de las industrias y las instalaciones industriales

Título VI: Infracciones y sanciones

Se trata de complementar las disposiciones de la Ley con un marco de infracciones y sanciones, que cumpla adecuadamente las funciones de prevención general y especial, con sujeción a los principios que debe respetar todo Derecho sancionador, en especial los de tipicidad y proporcionalidad

 

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